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Días de descanso obligatorio 2026: puentes que quedan y pago triple

Los días de descanso obligatorio que quedan en 2026 son el 16 de noviembre y el 25 de diciembre. Te explicamos los puentes y cómo calcular el pago triple.

Por Editor web Maya Comunicación · 23 de octubre de 2026 · Lectura de 9 min

Calle empedrada y vacía de un pueblo mexicano con fachadas coloridas de puertas azules y verdes, una maceta y cielo despejado en una mañana de día festivo

Por Juan Pablo Ojeda

A 2026 le quedan dos días de descanso obligatorio marcados por la Ley Federal del Trabajo: el lunes 16 de noviembre, en conmemoración de la Revolución Mexicana, y el viernes 25 de diciembre, por Navidad. Ambos forman fines de semana largos para quienes descansan sábado y domingo, y si tu patrón te pide trabajar en cualquiera de esas fechas debe pagarte tu salario normal más un salario doble, es decir, el triple de lo que ganas en un día. El 2 de noviembre, el 12 de diciembre, el 24 y el 31 de diciembre no son descansos obligatorios para el sector privado, aunque muchas empresas los otorguen.

En esta guía te explicamos qué dice la ley, cómo quedan los puentes de noviembre y diciembre, cómo calcular el pago triple con el salario mínimo vigente, qué hacer si no te pagan y los errores más comunes. Al final encontrarás respuestas rápidas a las dudas que más se repiten en estas semanas.

Qué son los días de descanso obligatorio y qué dice la ley

Los días de descanso obligatorio son fechas en las que, por mandato del artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), las personas trabajadoras no tienen que presentarse a laborar y aun así reciben su salario completo. Se distinguen del descanso semanal, que es el día libre que corresponde por cada seis de trabajo, y de las vacaciones. La lista es cerrada y aplica a toda relación laboral regida por el apartado A del artículo 123 constitucional, es decir, a quienes trabajan en empresas privadas, negocios o como trabajadoras del hogar.

Según el texto vigente de la LFT que publica la Cámara de Diputados, son descansos obligatorios el 1 de enero; el primer lunes de febrero, por el 5 de febrero; el tercer lunes de marzo, por el 21 de marzo; el 1 de mayo; el 16 de septiembre; el tercer lunes de noviembre, por el 20 de noviembre; el 1 de octubre de cada seis años, cuando hay cambio de Poder Ejecutivo Federal; el 25 de diciembre, y el día que fijen las leyes electorales para la jornada de una elección ordinaria. La fracción del cambio de gobierno se reformó en 2024 para moverla del 1 de diciembre al 1 de octubre, así que este año no aplica.

La reforma que reduce de forma gradual la jornada a 40 horas semanales, publicada en el Diario Oficial de la Federación en mayo de 2026, no tocó esta lista: los días de descanso obligatorio siguen siendo los mismos. Si quieres repasar qué cambia con esa reforma, en Maya explicamos cómo será la reducción gradual de la jornada laboral a 40 horas.

Días de descanso obligatorio que quedan en 2026: noviembre y diciembre

  • Lunes 16 de noviembre de 2026. Es el tercer lunes de noviembre y conmemora el inicio de la Revolución Mexicana, que se recuerda el 20 de noviembre. Ese viernes 20 es un día laboral normal. Con el sábado 14 y el domingo 15 se forma un puente de tres días.
  • Viernes 25 de diciembre de 2026. Navidad cae en viernes, así que quienes no trabajan en fin de semana tendrán libre del viernes 25 al domingo 27.
  • Viernes 1 de enero de 2027. Ya pertenece al año siguiente, pero conviene tenerlo en el radar: el Año Nuevo también cae en viernes y forma otro fin de semana largo, del 1 al 3 de enero.

El calendario escolar es otra historia. La Secretaría de Educación Pública suspende clases en fechas que no siempre coinciden con las de la LFT, como el lunes 2 de noviembre por el Día de Muertos. Si tienes hijos en educación básica, revisa las vacaciones y puentes del calendario SEP 2026-2027 para organizar el cuidado de los niños en los días en que tú sí trabajas.

Qué fechas no son descanso obligatorio aunque mucha gente lo crea

Estas semanas concentran celebraciones muy arraigadas, pero la ley no obliga a las empresas privadas a dar el día. El 1 y el 2 de noviembre, Día de Muertos, son jornadas laborales normales; lo mismo pasa con el 12 de diciembre, Día de la Virgen de Guadalupe, que este año cae en sábado, y con el 24 y el 31 de diciembre. Si tu empresa te los da libres, es una prestación por contrato, reglamento interior o costumbre, no un derecho de la LFT. Por eso, si trabajas uno de esos días, no se paga triple, salvo que tu contrato colectivo diga otra cosa.

El caso de quienes trabajan para el gobierno federal es distinto. Su relación se rige por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, que remite al calendario oficial, y cada dependencia publica en el DOF sus días inhábiles. Por ejemplo, el acuerdo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) con su calendario 2026 incluye el 2 de noviembre, el 16 de noviembre y el 25 de diciembre como días sin labores. Eso explica por qué algunas oficinas públicas cierran el Día de Muertos y la mayoría de los comercios no.

Cómo calcular el pago triple por trabajar un día de descanso obligatorio

El artículo 75 de la LFT permite que patrones y trabajadores acuerden quiénes laborarán en un día de descanso obligatorio; si no hay acuerdo, decide el tribunal laboral. Quien trabaje ese día tiene derecho a que se le pague, además del salario que ya le corresponde por el descanso, un salario doble por el servicio prestado. En la práctica, eso es el triple de tu salario diario. Sigue estos pasos:

  1. Identifica tu salario diario. Si te pagan por semana, divide entre siete; si te pagan por mes, divide entre 30, como indica el artículo 89 de la LFT.
  2. Multiplica ese salario por dos. El resultado es el pago adicional por haber trabajado el día de descanso obligatorio.
  3. Suma el salario normal del día. Ese día ya estaba pagado aunque no trabajaras, así que el total que recibes por esa fecha es tu salario diario multiplicado por tres.
  4. Revisa tu recibo de nómina. El pago extra debe aparecer desglosado en tu recibo o en tu CFDI de nómina del periodo correspondiente.

Un ejemplo con el salario mínimo vigente: la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos fijó para 2026 un salario mínimo general de 315.04 pesos diarios, según su resolución publicada en el DOF en diciembre de 2025. Si ganas eso y trabajas el 16 de noviembre, te corresponden 630.08 pesos adicionales, para un total de 945.12 pesos por esa jornada. En los municipios de la Zona Libre de la Frontera Norte, donde el mínimo es de 440.87 pesos, el extra sería de 881.74 pesos y el total, 1,322.61 pesos. Si tu salario es mayor, aplica la misma fórmula con tu propio salario diario.

El pago triple no es lo mismo que las horas extra ni que la prima dominical. Si además de trabajar el día festivo rebasas tu jornada, esas horas extraordinarias se pagan aparte conforme a la ley. Y diciembre trae otra prestación que conviene calcular con tiempo: aquí te explicamos cuándo se paga el aguinaldo 2026 y cómo calcular cuánto te toca.

Qué hacer si no te pagan el día festivo trabajado

  1. Guarda pruebas. Conserva tu registro de asistencia, mensajes en los que te pidieron presentarte y tu recibo de nómina.
  2. Pídelo por escrito. Solicita a tu patrón o al área de recursos humanos el pago pendiente y guarda una copia con acuse.
  3. Busca asesoría gratuita. La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) orienta sin costo cuando la empresa es de jurisdicción federal; en los demás casos acude a la procuraduría de la defensa del trabajo de tu estado.
  4. Inicia la conciliación. Desde la reforma laboral, antes de cualquier demanda hay que pasar por la conciliación prejudicial ante el Centro de Conciliación que corresponda.

No lo dejes para después: la Profedet recuerda que tienes un año para exigir el pago triple de un día de descanso obligatorio, contado desde que la obligación se hizo exigible. Para el 16 de noviembre de 2026, eso significa que el plazo vence a mediados de noviembre de 2027. Y si dejas tu empleo con un festivo pendiente de pago, ese monto debe sumarse a tu finiquito; aquí te explicamos cómo calcular el finiquito paso a paso.

Errores comunes con los días de descanso obligatorio

  • Pensar que el 20 de noviembre es el día de descanso. La ley lo recorre al tercer lunes del mes; en 2026, el descanso es el 16 y el viernes 20 se trabaja.
  • Aceptar un día libre a cambio en lugar del pago. La LFT habla de pago doble adicional, no de cambiar el festivo por otro día; si te ofrecen solo un descanso compensatorio, pide asesoría.
  • Confundir el calendario escolar con el laboral. Que no haya clases el 2 de noviembre no significa que tu empresa deba cerrar.
  • Creer que el pago triple solo aplica a quienes tienen contrato por escrito. La falta de contrato escrito no te quita derechos; la relación laboral se presume.
  • Olvidar el ajuste de horario en la frontera. El domingo 1 de noviembre los municipios fronterizos que se rigen por el horario de Estados Unidos atrasan el reloj; revisa dónde sí cambia el horario en México en 2026 si tu turno empieza temprano ese día.

Planear con tiempo ayuda a evitar sorpresas en la nómina. Así como en primavera explicamos los puentes y pagos triples de mayo, el cierre de año también tiene sus reglas: dos descansos obligatorios, varias fechas que dependen de cada empresa y un pago extra si te toca trabajar.

Preguntas frecuentes

¿El 2 de noviembre es día de descanso obligatorio?

No. El Día de Muertos no está en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, así que en el sector privado es un día laboral normal. Algunas dependencias federales sí lo declaran inhábil en sus calendarios publicados en el DOF.

¿Cuándo es el puente de noviembre de 2026?

Del sábado 14 al lunes 16 de noviembre. El descanso obligatorio por la Revolución Mexicana se recorre al tercer lunes del mes, que este año es el 16.

¿El 24 y el 31 de diciembre se descansan por ley?

No. Solo el 25 de diciembre y el 1 de enero son descansos obligatorios. El 24 y el 31 son días laborales, salvo que tu contrato o tu empresa establezcan otra cosa.

¿Cuánto me deben pagar si trabajo el 25 de diciembre?

Tu salario diario normal más un salario doble adicional, es decir, el triple. Con el salario mínimo general de 315.04 pesos, son 945.12 pesos por esa jornada.

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