CDMX endurece reglas para scooters y bicis eléctricas: habrá placas, licencias y restricciones viales

La Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México presentó los nuevos lineamientos que regularán la circulación de scooters, motonetas y bicicletas eléctricas en la capital, una medida con la que las autoridades buscan ordenar el crecimiento acelerado de estos vehículos y reforzar la seguridad vial.

El titular de la dependencia, Héctor Ulises García Nieto, explicó en entrevista con Joaquín López-Dóriga para Radio Fórmula que el objetivo es evitar que la ciudad enfrente problemas de movilidad similares a los de otras grandes urbes asiáticas donde la proliferación de motocicletas y vehículos ligeros supera la capacidad de regulación.

“No queremos convertirnos en un Vietnam donde la gran cantidad de vehículos sobrepasa sin regulación ni control”, señaló el funcionario al justificar la necesidad de establecer nuevas normas para este tipo de transporte.

La principal preocupación de las autoridades capitalinas es conocer con precisión cuántos vehículos eléctricos personales circulan actualmente en la Ciudad de México y establecer reglas claras para disminuir riesgos de accidentes tanto para conductores como para peatones.

Como parte de esta estrategia, la Semovi convocó a 28 empresas fabricantes y comercializadoras que ofrecen más de 120 modelos distintos de scooters, motonetas y bicicletas eléctricas para definir criterios técnicos y operativos.

Las nuevas disposiciones contemplan una clasificación específica para estos medios de transporte. Por un lado estarán los llamados Vehículos Motorizados Eléctricos Personales, identificados con las siglas VEMEPE, y por otro los Vehículos Eléctricos Personales o VEP.

Además, las autoridades establecieron subcategorías de acuerdo con velocidad y peso.

En el criterio de velocidad, se considerarán vehículos con motores de hasta 1.3 kilowatts, equivalentes aproximadamente a 1.4 caballos de fuerza, y que no excedan los 25 kilómetros por hora.

En cuanto al peso, se dividirán entre unidades de hasta 35 kilogramos, identificadas como tipo A1, y vehículos de entre 35 y 350 kilogramos, clasificados como tipo A2.

Uno de los cambios más importantes es que todos los vehículos eléctricos personales que superen los 25 kilómetros por hora deberán ser emplacados obligatoriamente. Sus conductores también tendrán que tramitar licencia de conducir y utilizar casco de protección.

Además, estos vehículos únicamente podrán circular por vías secundarias y no tendrán permitido desplazarse en ciertas zonas destinadas a otros medios de transporte.

Por otro lado, las unidades que no superen esa velocidad máxima podrán seguir utilizando ciclovías, aunque deberán portar un distintivo oficial de identificación. En estos casos no será necesario contar con placas.

La Semovi también determinó que todos los vehículos, sin importar su categoría, deberán incorporar aditamentos visibles que permitan a peatones y automovilistas detectarlos con mayor facilidad, especialmente durante la noche o en condiciones de baja visibilidad.

El gobierno capitalino prevé que la obligatoriedad del registro entre en vigor el próximo 1 de julio de 2026. Antes de esa fecha se desarrollará una campaña informativa para explicar las nuevas reglas a usuarios, comercios y fabricantes.

Con estas medidas, la administración capitalina busca responder al crecimiento acelerado de la movilidad eléctrica ligera, un fenómeno que se ha expandido tanto en la Ciudad de México como en municipios del Estado de México debido al aumento en el uso de scooters y bicicletas eléctricas como alternativa de transporte urbano.

También te podría interesar

Deja un comentario