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Modalidad 40 del IMSS: guía práctica de lo que cambia y cómo te afecta

Por Editor web Maya Comunicación · 22 de octubre de 2026 · Lectura de 4 min

Por Juan Pablo Ojeda

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) modificó, de manera temporal, las reglas de la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, mejor conocida como Modalidad 40. El ajuste se dio a conocer mediante un acuerdo de su Consejo Técnico publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y, según reportó El Universal este 22 de octubre, especialistas lo califican como una señal de la presión financiera que enfrenta el sistema de pensiones. En esta guía explicamos qué cambió, a quién alcanza y qué opciones existen.

¿Qué cambió en la Modalidad 40?

De acuerdo con lo publicado en el DOF, el acuerdo ACDO.AS2.HCT.101026/302.P.DG fue aprobado por el Consejo Técnico en sesión extraordinaria del 10 de octubre de 2026, se publicó el 21 de octubre y entró en vigor el 22. Sus puntos centrales son:

  • Las nuevas incorporaciones solo podrán hacerse con el último salario base de cotización registrado al causar baja con un patrón, o hasta ese importe más una Unidad de Medida y Actualización (UMA).
  • El salario elegido no podrá ser inferior a un salario mínimo general vigente.
  • Ya no habrá pagos retroactivos: el aseguramiento contará exclusivamente a partir de la fecha de la solicitud.
  • Los trámites nuevos se harán por medios digitales.

El IMSS presentó estas reglas como medidas temporales, vigentes hasta que concluya un análisis sobre el efecto de esta modalidad en sus finanzas.

¿A quién afecta?

El cambio pega sobre todo a quienes dejaron un empleo formal y pensaban inscribirse en la Modalidad 40 con un salario más alto que el último que tuvieron, una estrategia común para elevar el promedio salarial con el que se calcula la pensión bajo la Ley de 1973. También afecta a quienes planeaban pagar periodos hacia atrás para recuperar tiempo.

Si ya estás inscrito

El IMSS aseguró que la Modalidad 40 no desaparece y que las personas ya inscritas conservan sus semanas cotizadas, sus aportaciones y sus condiciones de incorporación. Según el texto del acuerdo, permanecerán en las condiciones actuales hasta que termine el periodo que tengan contratado; al concluirlo, una nueva incorporación ya se haría bajo las reglas temporales. No se requiere trámite adicional para seguir pagando.

Si planeabas inscribirte

Quien solicite su alta a partir del 22 de octubre deberá hacerlo con su último salario registrado o, como máximo, con ese monto más una UMA. Conviene revisar tu constancia de semanas cotizadas, confirmar cuál fue tu último salario base y recalcular la pensión estimada con un asesor antes de comprometer pagos.

Opciones legales: amparo y juicio administrativo

Expertos consultados por El Universal sostienen que la medida podría ser ilegal. El abogado fiscalista Tulio Salanueva Brito señaló que todo acuerdo debe contar con una exposición de motivos y que lo publicado en el DOF no la incluye, por lo que lo consideró un acto arbitrario; añadió que los afectados podrían promover un juicio de amparo o un juicio administrativo ante un tribunal federal. Julio Jiménez Martínez, vicepresidente del Colegio Nacional de Abogados Foro de México, advirtió que sin justificación legislativa ni consulta con los sectores involucrados se estaría en una “delgada línea” de violar un derecho constitucional. Cualquier acción legal tiene plazos, por lo que es recomendable acudir pronto con un abogado especialista.

¿Qué sigue?

El acuerdo instruye a la Dirección de Finanzas del IMSS a analizar, en un plazo de seis meses, el efecto de la Modalidad 40 en la situación financiera del Instituto y, con base en ello, plantear una propuesta normativa al Consejo Técnico. Hasta ahora no se ha detallado públicamente qué contendrá esa propuesta. Como contexto, la asesora Leticia Alcántara dijo a El Universal que 60% de los recursos que recibe el IMSS se destina al pago de pensiones, y Jiménez Martínez indicó que las pensiones representarán 6.3% del PIB en 2027.

Preguntas frecuentes

¿Desaparece la Modalidad 40? No. El IMSS afirmó que sigue vigente; lo que cambia son las condiciones para nuevas altas.

¿Pierdo mis semanas si ya pago? No. El Instituto aseguró que se conservan semanas, aportaciones y condiciones.

¿Puedo elegir un salario más alto que el último? Para nuevas incorporaciones, no: el límite es tu último salario registrado más una UMA.

¿Puedo pagar meses atrasados? Con las nuevas reglas, no; el aseguramiento inicia en la fecha de la solicitud.

¿Cuánto durará la medida? Es temporal, ligada al análisis de seis meses; su duración final no se ha precisado oficialmente.

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