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Rechazan amparo penal en México a ex secretaria de Desarrollo Social

Rosario Robles, exsecretaria del Desarrollo Social en el gobierno de Enrique Peña Nieto encausada por una estafa de 250 millones de dólares, recibió el rechazo de amparo penal por delitos financieros.

Por Editor web Maya Comunicación · 20 de octubre de 2022 · Lectura de 2 min

Ciudad de México, 20 octubre del 2022.- La exfuncionaria, quien logró hace unos dos meses que se le siga el proceso judicial en prisión domiciliaria por su estado de salud, según alegó, esperaba que con ese recurso concluyera el juicio y se le otorgara prescripción del delito cometido.

Pero el Juzgado Tercero de Distrito de Amparo en materia Penal en Ciudad de México, rechazó concederle la protección de la justicia federal, por lo cual Robles tendrá que seguir respondiendo ante los jueces.

Se le acusa de ser protagonista de lo que en México se conoce como la Estafa Maestra que involucra a cientos de funcionarios, legisladores y hasta académicos, pero ella es la única sometida a juicio y aprehendida.

El juez Augusto Mejía declaró infundados e insuficientes los agravios de la exsecretaria de Estado para tachar de inconstitucional la resolución del magistrado de control Ganther Alejandro Villar, quien el 4 de febrero pasado resolvió no decretar el sobreseimiento de la causa penal como ella gestionaba.

Incluso aseveró que el juez acertadamente concluyó que las normas que deben ser aplicadas a Robles Berlanga son las vigentes al momento en el que se iniciaron los hechos por los que se le vinculó a proceso y se presentó la acusación correspondiente.

Su defensa legal, encabezada por el abogado Epigmenio Mendieta ya impugnó el fallo para que el caso se turne a un tribunal colegiado quien en los próximos días determinará si confirma, modifica o revoca el fallo de primera instancia.

El magistrado consideró que el acto reclamado no vulnera los principios pro persona, presunción de inocencia, legalidad, seguridad jurídica y tutela judicial, toda vez que se ajusta al texto constitucional y a lo establecido por la legislación adjetiva penal.

Señaló que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria no contiene disposiciones contrarias al Código Penal Federal como para considerar que la primera derogó el delito contenido en el segundo cuerpo normativo.

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