CDMX a 07 de abril del 2022.-El Coordinador del GPPRD, Miguel Ángel Mancera Espinosa, presentó el proyecto de decreto al Código Nacional de Procedimientos Penales, en su artículo 167, el cual plantea que, en caso de que el plazo de duración de la prisión preventiva deba prolongarse, esta decisión esté sujeta a un escrutinio a fin de evitar que esta medida cautelar se extienda innecesariamente.
“El INEGI ha analizado, a través del Censo Nacional del Sistema Penitenciario Federal y Estatal, un recuento de 86 mil 317 personas privadas de la libertad que se encuentran sin sentencia”, detalló.
Al respecto recordó que el 18 de junio de 2008 se publicó el decreto que reformó diversas disposiciones de la Constitución en dicha materia, esto con el propósito de incorporar al régimen constitucional mexicano el sistema de justicia penal acusatorio como un sistema de justicia moderno, novedoso y apegado a los valores democráticos.
“Se estableció la figura de la prisión preventiva oficiosa. Esto significa que el juzgador tiene la obligación constitucional de dictar prisión preventiva de forma oficiosa a todas aquellas personas imputadas a quienes se les inicie una investigación penal por los delitos enlistados en el artículo 19 constitucional”, detalló y añadió que lo que se pide agregar al Código Nacional de Procedimientos Penales es la interpretación de la Suprema Corte de Justicia.
“Lo que resolvió la Suprema Corte de Justicia fue el cuestionamiento que versa sobre si procede revisar la duración de la prisión preventiva oficiosa en el plazo de dos años al que se refiere la fracción novena del apartado B del artículo 20 de la Carta Magna. La respuesta a esta interrogante fue en sentido positivo: sí, sí procede revisar la prisión preventiva”, dijo.
Previo a concluir, Mancera Espinosa hizo un llamado a sus compañeros y compañeras legisladoras para hacer de esta adición un derecho positivo.
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