En un fallo histórico, la jueza Sandra de Jesús Zúñiga, titular del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa, concedió un amparo a la asociación civil Todas y Todos por Amor a los Toros, prohibiendo el uso de instrumentos que causen daño físico o psicológico a los toros durante las corridas. La resolución, dirigida a la alcaldía Benito Juárez, impide la autorización de eventos que impliquen maltrato animal, como las corridas de toros en la Plaza México.
La jueza determinó que, en caso de que se autoricen corridas de toros, estas no podrán incluir instrumentos como el acero, cachetero, puntilla, pinche, puya o pica, muleta, ni cualquier otro que cause dolor o sufrimiento a los animales. Aunque la sentencia aún no es definitiva y puede ser impugnada ante un Tribunal Colegiado, la alcaldía Benito Juárez ha manifestado su intención de acatar la resolución mientras se resuelven los recursos legales.
Este fallo se basa en leyes que protegen a los animales, como la Ley General de Vida Silvestre, la Ley de Protección a los Animales en la Ciudad de México y la Ley Federal de Sanidad Animal, las cuales prohíben actos de crueldad que causen dolor, deterioro físico o sufrimiento a los animales. Además, estas normativas permiten establecer medidas para garantizar un trato digno y respetuoso hacia los animales.
La decisión judicial se enmarca en un creciente debate en México entre defensores de los derechos de los animales y aficionados a la tauromaquia. Organizaciones como PETA y otras asociaciones civiles han impulsado acciones legales y sociales para erradicar prácticas consideradas crueles en espectáculos públicos.
Este fallo representa un avance significativo en la protección animal y podría sentar un precedente para futuras decisiones judiciales en torno a la tauromaquia y otros espectáculos que involucren animales.