Comisión Permanente instala Mesa Directiva bajo solicitud de extradición de Rocha Moya

Por Bruno Cortés

La Comisión Permanente del Congreso de la Unión instaló formalmente su Mesa Directiva para el segundo receso del segundo año de la 66 Legislatura este 29 de abril de 2026. El acto protocolario, que debía seguir el orden alfabético para la presidencia provisional, se vio interrumpido por la revelación de datos técnicos sobre un proceso judicial internacional contra el gobernador de Sinaloa, Rubén Rocha Moya.

Durante la sesión, se informó que la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) recibió una solicitud formal de detención con fines de extradición emitida por el Departamento de Justicia de los Estados Unidos a las 18:00 horas del día anterior. Este documento vincula al mandatario estatal con acusaciones de narcotráfico, lo que alteró el flujo del orden del día previsto originalmente para la organización interna.

La parálisis legislativa se centró en la exigencia de transparencia sobre el expediente del Departamento de Justicia. El bloque mayoritario respondió con mociones de orden para evitar el desglose de los tiempos legales de la solicitud internacional, argumentando que la sesión de instalación no era el espacio procesal para discutir asuntos externos a la integración de la Mesa Directiva.

Desde el punto de vista matemático, la activación de un proceso de desafuero requiere de una ruta crítica estricta. La Comisión Permanente debe votar por una mayoría de dos terceras partes la convocatoria a un periodo extraordinario de sesiones. Actualmente, la distribución de escaños sugiere que cualquier avance en este sentido depende exclusivamente de la voluntad del grupo parlamentario mayoritario.

Una vez convocado el periodo extraordinario, la Cámara de Diputados tendría que actuar como órgano de procedencia para votar el desafuero mediante mayoría simple. Este paso es el requisito indispensable para que las autoridades judiciales puedan ejecutar cualquier orden de aprehensión o petición de extradición contra un funcionario que goza de inmunidad procesal en funciones.

Finalmente, el proceso debe ser ratificado por el Congreso Local de Sinaloa. Esta triple barrera legislativa establece un cerco de protección que fue el eje de la confrontación estadística durante la sesión. Los datos presentados en la tribuna subrayan la complejidad de ejecutar la solicitud de las autoridades neoyorquinas ante la actual configuración de fuerzas en el Congreso Federal.

La sesión cerró con la elección de la Mesa Directiva definitiva, aunque el escrutinio de los votos se realizó bajo protesta por parte de la secretaría de la mesa provisional. El acta registra una fractura en el protocolo que deja pendientes las solicitudes de información técnica sobre la comunicación oficial entre la Cancillería mexicana y el gobierno de los Estados Unidos.

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