Contribuyentes tienen hasta el 31 de diciembre para facturar gastos personales y obtener saldo a favor en su declaración anual.
Mientras la mayoría de los capitalinos piensa en las posadas, los contadores y fiscalistas entran en su etapa crítica: el cierre del ejercicio fiscal 2025. Para las personas físicas, diciembre es la última oportunidad para reunir las facturas (CFDI) de gastos personales que pueden disminuir la base gravable del Impuesto Sobre la Renta (ISR). Honorarios médicos, dentales, psicológicos, nutricionales, así como gastos hospitalarios y análisis clínicos, son 100% deducibles si se pagan con medios electrónicos (tarjeta o transferencia), nunca en efectivo.
Un rubro frecuentemente olvidado son los lentes ópticos graduados, deducibles hasta por 2,500 pesos por persona. Asimismo, las colegiaturas de escuelas privadas, desde preescolar hasta bachillerato, tienen montos específicos de deducción que pueden aliviar la carga fiscal. Es vital verificar que el CFDI contenga el uso correcto de la factura (D01 para honorarios médicos, por ejemplo) y que el RFC esté perfectamente capturado, ya que el SAT no admite correcciones retroactivas en ejercicios cerrados.

Para los emprendedores y trabajadores independientes (freelancers) de la CDMX, revisar la facturación emitida y recibida antes de que termine el mes es crucial para evitar discrepancias fiscales. El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) exige estar al corriente con las declaraciones mensuales para no ser expulsado del régimen, lo cual implicaría pagar tasas de impuestos mucho más altas. La disciplina administrativa en diciembre garantiza un abril tranquilo.
El aguinaldo, aunque es un ingreso, tiene una parte exenta de impuestos (hasta 30 UMA), pero el excedente sí grava ISR. Es importante que los asalariados revisen su visor de nómina en el portal del SAT para asegurarse de que su patrón esté timbrando correctamente los recibos de pago, incluyendo esta prestación. Cualquier inconsistencia debe reportarse al área de Recursos Humanos de inmediato.
Finalmente, las donaciones a instituciones autorizadas (donatarias) realizadas antes del 31 de diciembre también son deducibles. En una época de dar, apoyar a fundaciones no solo cumple una función social, sino que ofrece un beneficio fiscal tangible. La estrategia fiscal no es evasión, es el uso inteligente de las leyes tributarias para proteger el patrimonio trabajado durante todo el año.

