CDMX a 24 de abril, 2024.- En un paso significativo hacia la protección de los derechos de las mujeres, las Comisiones Unidas para la Igualdad de Género y de Estudios Legislativos Segunda han dado su aprobación a una minuta que reforma el artículo 6 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Esta reforma busca ampliar el concepto de «violencia económica» contra las mujeres, un cambio legislativo que podría tener un profundo impacto en la lucha contra la discriminación y la desigualdad de género en México.
La reforma define la violencia económica como «toda acción u omisión del agresor que impacta de manera negativa en la economía de la víctima, en su independencia y autonomía financiera». Esta ampliación del concepto incluye prácticas como limitaciones o impedimentos al desarrollo laboral y/o profesional, exigencias de exámenes de no gravidez y otros condicionamientos vinculados al género y la maternidad, como la percepción de un salario menor por igual trabajo y la explotación laboral.
Además, la violencia económica en el ámbito familiar también se aborda en esta reforma, identificando comportamientos donde el agresor controla los ingresos económicos de la víctima o se desentiende injustificadamente de sus obligaciones económicas. Esto incluye la colaboración en las labores domésticas o el cuidado de dependientes.
La senadora Martha Lucía Micher Camarena y el senador Rafael Espino de la Peña, quienes presiden las comisiones respectivas, argumentan que es vital reconocer los diversos contextos en los que la violencia económica puede manifestarse, no solo en el entorno laboral sino también dentro de la familia y en otros entornos sociales.
Esta reforma legislativa representa un avance importante en el reconocimiento y la protección contra formas de violencia que afectan la independencia económica y personal de las mujeres, subrayando la necesidad de políticas integrales que fomenten la igualdad y la justicia para todas.