CDMX, 5 de enero del 2023.- Ha comenzado un nuevo año y eso significa que se aproxima actividad intensa para las contribuyentes dados de alta en el Servicio de Administración Tributaria (SAT) pues pronto será momento de hacer la declaración anual, no obstante, se ha dado a conocer que habrá nuevas reglas para presentar el trámite en 2023 si se está en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
El SAT indica que el RESICO es “una simplificación administrativa para que el pago del impuesto sobre la renta (ISR) se realice de forma sencilla, rápida y eficaz. El objetivo de este nuevo esquema es la reducción de las tasas de este impuesto para que las personas que tengan menores ingresos, paguen menos”.
Cabe mencionar que el RESICO apenas fue lanzado el año pasado, y hasta el mes de septiembre se tenía un registro de 2 millones 763,000 contribuyentes, cifra muy pequeña a la meta del SAT que esperaba que se inscribieran poco más de 10 millones. Pese a esto, se han dado a conocer nuevas reglas para presentar la declaración anual, por lo que quienes ya se encuentren en dicho régimen, deberán estar atentos a la siguiente información.
Estas son las nuevas reglas para presentar declaración anual ante el SAT con RESICO en 2023
De acuerdo con lo publicado por el SAT en la Miscelánea Fiscal 2023, desde este año habrá nuevas reglas para presentar declaración anual con RESICO, las cuales son las siguientes:
- Las personas físicas que tributaban en el Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras (AGAPES) deberán cumplir con la obligación de presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones fiscales para ubicarse en el RESICO.
- Las declaraciones mensuales del RESICO de personas físicas y morales estarán prellenadas con la información de los CFDI (Comprobantes Fiscal Digital por Internet) de tipo ingreso, de egreso y de pago. Previamente la mención a los CFDI de pago no estaba incluida.
- Los contribuyentes del RESICO de AGAPES, cuyos ingresos no superen el monto de 900,000 pesos podrán optar por no presentar las declaraciones mensuales y la anual.
- Contribuyentes del RESICO deberán contar con buzón tributario habilitado, o podrán registrar, actualizar o agregar sus medios de contacto a más tardar el 31 de marzo de 2023.
- Las personas físicas del RESICO podrán continuar emitiendo CFDI sin firma electrónica hasta el 31 de marzo de 2023, pero posteriormente a esta fecha deberán contar con la e.firma para poder realizar la declaración anual.