Ciudad de México, 14 de julio de 2023.- En una decisión histórica, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha determinado que las personas viudas no deben perder su pensión por viudez al contraer matrimonio o vivir en concubinato. Esta sentencia pone fin a la práctica discriminatoria de algunas instituciones en México, que privaban a los beneficiarios de este derecho al dar el «sí, acepto» nuevamente.
Hasta ahora, diferentes instituciones en el país imponían la condición de que los viudos y viudas no pudieran volver a contraer matrimonio o vivir en concubinato para poder recibir su pensión por viudez. De esta manera, se les obligaba a elegir entre el amor y la estabilidad económica después del fallecimiento de su pareja. Una cruel decisión que negaba el derecho fundamental de todas las personas a formar una familia.
La SCJN, en su resolución, ha dejado claro que esta práctica es injustificada y contraria a los principios de igualdad y no discriminación. Además, la corte ha recordado que la pensión por viudez no es un beneficio gratuito, sino un derecho que se ha ganado gracias a las aportaciones durante la vida laboral del trabajador fallecido. Negar este derecho sería un acto de injusticia y una violación a los derechos fundamentales de la familia y a la seguridad social.
De acuerdo con la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, aquellas personas que contraigan matrimonio o entren en concubinato después de la muerte de su cónyuge, recibirán como única y última prestación el importe de seis meses de la pensión de viudez que disfrutaban. Si bien esto puede no ser equiparable al beneficio completo, es un paso en la dirección correcta para garantizar una mayor protección económica a los beneficiarios.
Esta sentencia es un precedente importante en la lucha por los derechos de los viudos y viudas en México. La SCJN ha dejado claro que el estado civil no debe ser motivo para privar a las personas de un derecho tan básico como la pensión por viudez. Además, esta decisión sienta las bases para que otras instituciones sigan el ejemplo y modifiquen sus políticas discriminatorias.
Es evidente que aún queda mucho por hacer en materia de derechos de las personas viudas en México. Sin embargo, este fallo de la SCJN supone un avance significativo en la garantía de la igualdad y no discriminación. Esperamos que esta sentencia anime a más personas a alzar la voz y exigir el respeto de sus derechos fundamentales. ¡El amor y la pensión son derechos inalienables, y no deben negarse por caprichos burocráticos!