Este 11 de enero la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió por unanimidad de votos que en caso de que las partes de un juicio de amparo soliciten notificaciones electrónicas, dicha modalidad solo podrá reemplazar a aquellos actos o resoluciones de carácter personal, es decir, los que por su importancia deben ser comunicados fehacientemente a los interesados.
De esta manera se resolvió que la notificación vía electrónica deberá ser entendida como una herramienta optativa para agilizar la comunicación entre el órgano jurisdiccional y los justiciables, y será aplicable solamente en las ocasiones que los avisos deban realizarse de forma personal, así, no podrá suplir las modalidades por oficio ni por lista.
La propuesta de la ministra Yasmín Esquivel Mossa se aprobó luego de conseguir cinco votos a favor de los ministros Loretta Ortiz, Luis María Aguilar Morales, Javier Laynez y del presidente del órgano, Alberto Pérez Dayán, así como el propio.
De acuerdo con la ministra, con la votación de este 11 de enero se logró unificar el criterio para que los titulares de los órganos jurisdiccionales recurran a la vía digital.
“Será únicamente como opción ante aquellos avisos entregados en mano o de carácter personal, con ello, damos un importante paso en economía procesal, es decir, brindamos celeridad a la atención de los casos”, destacó Esquivel Mossa.
Según se lee en el proyecto de la ministra, la modificación no significa que la notificación electrónica podrá reemplazar a las notificaciones por lista, pues su difusión seguirá pública en el local del órgano jurisdiccional, en un lugar visible y de fácil acceso.
Yasmín Esquivel Mossa fue nombrada presidenta de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para el periodo 2021 – 2022 y designada por el Ministro Presidente del Alto Tribunal, como representante ese órgano jurisdiccional, ante el Comité Interinstitucional de Igualdad de Género del Poder Judicial de la Federación.