CDMX, 8 de marzo del 2022.- La demanda de la organización parte, entre otros aspectos, “de los principios convencionales, constitucionales y legales en materia de no discriminación, igualdad y paridad, así como en congruencia con los principios que rigen al Colectivo”.
A través de un comunicado emitido a la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, la Red indicó que, la sentencia del TEPJF señala la modificación de la Convocatoria para la elección de consejeras y consejeros electorales del Consejo General del INE, a efecto que el Comité Técnico conforme una quinteta exclusivamente de mujeres para que sea una de ellas quien ocupe la presidencia del Consejo General del INE.
“En cumplimiento del principio de paridad y la regla de alternancia para la conformación de órganos públicos”, mencionó.
El Colectivo añadió que, el fundamento y motivación de la sentencia, así como se desprende de la deliberación pública de las y los Magistrados en la sesión celebrada el pasado 22 de febrero, en lo que se refiere a la aplicación del principio de alternancia en quien presida el Instituto, se indicó que el INE, desde 1990, ha contado únicamente con dos consejeras mujeres, que lo han presidido de forma provisional o para una sesión en concreto.
Además, el Tribunal Electoral toma precedentes judiciales en materia de paridad y alternancia para dicha resolución.
“El TEPJF deja claro que el contexto histórico de la integración del INE, demanda que la Presidencia sea ocupada por una mujer, lo que representa no sólo la materialización de la paridad, sino un mensaje simbólico de representación de las mujeres en uno de los órganos más relevantes y significativos en la democracia en el país”, sostuvo.