CDMX a 07 de abril del 2022.-Con las reformas a las fracciones XI y XII del artículo 40 y el artículo 121; y una adición a la fracción XIII al artículo 40 todos de la Ley de Protección y Bienestar Animal del Estado de Quintana Roo, queda prohibido tocar, cargar y tomarse fotos con animales silvestres en vía pública.
Quienes incurran en esta conducta, recibirán una multa de 100 a 200 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA); es decir, de los 9 mil 622 a los 19 mil 244 pesos.
Impulsaron la reforma las organizaciones Animal Heroes y Peta Latino.
Asimismo, el Congreso expidió la Ley de Responsabilidad Ambiental del Estado de Quintana Roo; y se aprobaron reformas y adiciones a diversas disposiciones de la Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, así como una adición a la fracción III al artículo 179 del Código Penal, las cuales tienen como objeto principal la implementación del nuevo régimen jurídico de responsabilidad ambiental en la entidad.
La nueva Ley de Responsabilidad Ambiental, establece y regula la responsabilidad ambiental que se origina de los daños y perjuicios ocasionados al ambiente, así como la reparación y compensación de dichas afectaciones, las cuales deberán ser determinadas a través de un proceso jurisdiccional en la vía civil y por mecanismos alternativos de solución de controversias vigentes en la Ley de Justicia Alternativa.
También se hicieron modificaciones para cambiar la naturaleza del Fondo Estatal de Protección al Ambiente, a fin de que los recursos sean utilizados en materia de responsabilidad ambiental, transformándose en el Fondo Estatal de Protección y Responsabilidad Ambiental.
Tomado de Alcaldes de México.