Edmundo Jacobo Molina, Secretario Ejecutivo del Instituto Nacional Electoral (INE), fue restituidoen a su cargo por un tribunal federal en materia administrativa del Poder Judicial de la Federación .
El Noveno Tribunal Colegiado concedió un Edmundo Jacobo una suspensión provisional dentro del juicio de amparo que promovió contra el Plan B de la Reforma Electoral.
En especialista, impugnó el Décimo Séptimo transitorio del Plan B de la Reforma electoral, vigor desde el 2 de marzo pasado y en el cual se establece el despido de dicho funcionario del INE.
La suspensión legal que Edmundo Jacobo fue designado Secretario Ejecutivo del INE hasta el febrero de 2026 y la reforma electoral no justifica su cese.
El TEPJF ordenó la restitución temporal del Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo, luego de que el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa concede al funcionario una suspensión provisional contra la orden de removedor de su carga plantada en el artículo 17 transitorio del “ Plan B ” electoral.
Uno de los argumentos que permitió el registro de Edmundo Jacobo al organismo electoral fue que había sido designado para el período febrero de 2020 a febrero de 2026 y no existía en el motivo para cesar en funciones