Ciudad de México, 25 de febrero de 2024 – Durante una conferencia magistral en la Facultad de Derecho de la Universidad de Guadalajara, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña, de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), lanzó una advertencia crucial sobre el riesgo de someter a votación los nombramientos de jueces no constitucionales. La principal preocupación es que las decisiones se inclinen más por intereses políticos que por méritos, comprometiendo así la independencia judicial necesaria para una resolución jurídica justa y equitativa.
El magistrado De la Mata Pizaña destacó que la independencia judicial no es simplemente un principio idealista, sino una necesidad práctica para el mantenimiento de una democracia saludable y el respeto a la división de poderes. Citando al Código Iberoamericano, enfatizó que solo las decisiones tomadas por jueces independientes pueden considerarse verdaderamente jurídicas.
El evento, organizado en el marco de las Brigadas Electorales de la EJE en el estado de Jalisco, también sirvió como plataforma para discutir la esencia de la independencia judicial. Según De la Mata Pizaña, esta independencia se traduce en una actitud de neutralidad y resistencia a las presiones, ya sean estas directas o indirectas, manteniendo siempre una postura imparcial frente a los diferentes órganos de gobierno y las partes involucradas.
El magistrado enfatizó que la verdadera independencia judicial es fundamental para la existencia de una constitución y un estado de derecho, advirtiendo que sin ella, se corre el riesgo de derivar hacia formas de gobierno autoritarias. A través de su explicación sobre la estructura del poder judicial y la importancia de mantener su independencia en todos los niveles, De la Mata Pizaña delineó los estándares internacionales y principios básicos establecidos por organizaciones como la ONU para la protección de la judicatura.
Además, hizo hincapié en la necesidad de garantizar remuneraciones adecuadas, selección objetiva de personal, permanencia en el cargo, y sobre todo, la inamovilidad de los jueces para evitar cualquier forma de suspensión arbitraria o influencia externa que pueda comprometer su autonomía.