Al presentar la iniciativa, la presidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente detalló que se busca establezca el derecho a recibir atención psicológica en los casos de embarazos de alto riesgo que hubiesen implicado inmovilización y, consecuentemente, niveles de estrés extraordinarios.
La reforma que implica cambios a la Ley Federal del Trabajo, la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y la Ley del Seguro Social establece que durante los primeros cuatro meses posteriores al parto, si la madre es diagnosticada con depresión postparto, cuente con un permiso con goce de sueldo de hasta 20 días hábiles, sin perjuicio del descanso para asistir a terapia psicológica.
Sugirió que los diagnósticos y la asistencia a terapia psicológica, relacionados con depresión postparto sean monitoreados o llevados a cabo por clínicas del Instituto Mexicano del Seguro Social y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, de acuerdo con el tipo de filiación que tenga la madre trabajadora.
En los casos en que se haya requerido internamiento, detalló, al culminarlo, la madre trabajadora tendrá derecho a permiso con goce de sueldo de un día hábil a la semana, durante tres meses, para asistir a terapias psicológicas de seguimiento.
Una depresión postparto mal canalizada, no superada o no atendida, subrayó Sánchez Cordero, puede tener repercusiones en la relación entre madre e hijos años después del parto, lo cual impacta en toda la dinámica familiar.
“El Estado Mexicano debe tomar acciones de mayor calado, aprovechando las experiencias positivas como las que ha generado la Clínica de Depresión Postparto del IMSS, enfatizó la legisladora.
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