El Comité Técnico de Evaluación en sesión pública informa que, con base en la lista de personas aspirantes que completaron su registro de conformidad con la Etapa Primera de la Convocatoria para la elección de consejeras y consejeros electorales del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, que nos fue entregada el pasado 24 de febrero, que de las 664 personas aspirantes, 201 se identificaron como mujeres; 452 como hombres; 5 como personas no binarias; 1 mujer trans y 5 no puntualizaron identidad genérica.
En la Primera fase de esta etapa, denominada en la Convocatoria de “Revisión del cumplimiento de requisitos constitucionales y legales”, se completó la revisión exhaustiva de los documentos presentados por las personas aspirantes para verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y en la Convocatoria.
En consecuencia, se emitieron 345 Acuerdos de prevención a personas aspirantes para que subsanaran alguna deficiencia en la documentación presentada. En atención a los principios de certeza, legalidad y máxima publicidad, las prevenciones fueron notificadas a cada una de las personas aspirantes mediante correo electrónico y mensaje de texto a las cuentas y números previamente validados por las personas aspirantes al momento de generar su registro y número de folio.
Conforme a los términos establecidos en la Convocatoria, la fecha máxima para la atención de la prevención fue el pasado 1º de marzo hasta las 18:00 horas. Para su cumplimiento se habilitó el sistema de registro del micrositio del Comité.
De acuerdo con lo anterior, el día de hoy se da a conocer la lista definitiva de las 531 personas aspirantes que cumplieron con los requisitos constitucionales y legales y pasan a la siguiente etapa. Del total, 164 se identificaron como mujeres, 358 como hombres, 5 como no binarias, una como mujer trans y 3 no especificaron.
Con el fin de dar claridad y transparencia al proceso hacemos de conocimiento público 4 Acuerdos que contienen:
1) La determinación de que no quedaron registrados 32 aspirantes en virtud de que no entregaron el ensayo o la exposición de motivos requeridos en la Convocatoria, mismos que no podían ser subsanados mediante prevención.
2) La determinación de rechazar la postulación de personas aspirantes que no adjuntaron el documento legal, en los términos establecidos por la Convocatoria, que demuestre que cuentan con la antigüedad mínima de cinco años de haber obtenido el título profesional a nivel licenciatura.
3) La determinación de que las personas aspirantes no podrán continuar con el proceso de elección en virtud de que no atendieron la prevención.
4) La determinación de no incluir a las personas aspirantes que presentan un impedimento de carácter constitucional para participar en este proceso.
Aquí se incluyen:
a) A las personas aspirantes que son consejeros electorales del INE en funciones y
b) A las personas que fungieron como consejeras electorales a
partir de la reforma electoral de 2014.
Esta decisión fue tomada por unanimidad y se fundamenta en lo establecido en el artículo 41, base V, Apartado A, párrafo quinto, incisos a y b de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Finalmente, en los términos de la Convocatoria como conclusión de esta fase, remitiremos un comunicado a la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados con el listado definitivo de las personas aspirantes que cumplieron con los requisitos en esta etapa.