CDMX a 18 de abril, 2024.- El Senado de la República Mexicana ha aprobado significativas modificaciones a la Ley de Amparo, marcando un momento crucial en la jurisprudencia nacional. La reciente sesión plenaria concluyó con la aprobación de un dictamen que modifica el artículo 148 y deroga el último párrafo del artículo 129 de esta ley, enviando el proyecto a la Cámara de Diputados para su debate y eventual ratificación.
La votación fue polarizada con 69 votos a favor y 42 en contra, reflejando la división entre los partidos políticos sobre los cambios propuestos. No hubo abstenciones. A pesar de múltiples propuestas de enmienda presentadas por senadores de varios grupos parlamentarios como el PAN, PRI y el Grupo Plural, estas no fueron aceptadas, y el Pleno desestimó las reservas presentadas.
Las modificaciones especifican que las suspensiones dictadas en los juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales no tendrán efectos generales. Esto implica un cambio fundamental en cómo se aplicarán los efectos de las suspensiones, limitando su alcance a los casos individuales y no extendiéndolos a nivel general, lo cual era un punto de considerable debate y controversia.
El contexto de esta reforma es crucial, dado que anteriormente cualquier suspensión de norma por inconstitucionalidad podría potencialmente afectar a la población en su conjunto. Con la nueva disposición, se busca equilibrar la protección de los derechos constitucionales con la estabilidad y predictibilidad del marco legal.
Estos cambios a la Ley de Amparo son parte de un esfuerzo más amplio por reformar y modernizar el sistema judicial mexicano, asegurando que las leyes se mantengan alineadas con las necesidades actuales y los principios constitucionales. La decisión del Senado envía ahora el proyecto a la Cámara de Diputados, donde se anticipa un debate intenso sobre las implicaciones y el impacto de estas reformas en el sistema jurídico del país.