CDMX a 3 de noviembre, 2022.- Tener un Afore es una de las cosas más importantes que debemos hacer al comenzar con nuestra vida laboral pues, este fondo se crea con el dinero ahorrado por parte de los trabajadores pero, existen dudas sobre lo que pasaría con los recursos de esta cuenta que le pertenecían a una persona fallecida, si se pueden heredar o son absorbidos por el banco, así como los requisitos necesarios para poder llevar a cabo el trámite como albacea de la persona finada.
Para despejar esta duda debemos recurrir a la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro o Consar, que es el organismo encargado de regular todas las prácticas con respecto a las cuentas de Afore, por lo que también tienen una postura clara con respecto a si este dinero ahorrado se puede heredar de un derechohabiente fallecido.
De acuerdo con lineamientos de la Consar, el dinero ahorrado en tu cuenta de Afore, si es heredable pero, existen requisitos que el heredero deberá cumplir para poder acceder a los recursos de una persona fallecida, que si bien tiene que tener relación contigo, no debe ser de un familiar directo.
Estos son los requisitos para heredar el Afore de una persona fallecida:
- Identificación oficial
- Documentos que demuestren parentesco con el finado
- Número de cuenta Afore
- Tener entre 16 y 25 años
- No recibir otra pensión
- Viuda o viudo que dependiera económicamente de la persona fallecida.
Una vez que cumplas los requisitos debes acercarte a la institución bancaria en la que se encontraba el Afore de la persona fallecida pues, tendrás sólo un plazo de 10 años para poder reclamar y heredar estos recursos, de lo contrario pasarán a posesión del banco.
Instituciones como el IMSS o el ISSSTE, tienen diferentes lineamientos en cuanto al dinero ahorrado de un beneficiario fallecido pues, estos entregan los recursos a la última persona que dependía económicamente del finado, ya sea padres, hijos, viuda o cónyuge.
Otra acción que se puede emprender si no se cumplen los requisitos para heredar el dinero ahorrado de una persona fallecida es, emprender un juicio legal para lograr hacerse con los recursos, aunque este camino es más largo y con mayor nivel de complejidad de lo que la Consar aconseja.