El Instituto Nacional Electoral (INE) promovió este día ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una controversia constitucional en contra de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) por violaciones a las garantías de autonomía del INE.
La Recomendación General 46/2022 de la CNDH, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de octubre de 2022, involucra al Instituto Nacional Electoral aun cuando el artículo 102 de la Constitución, apartado B, es claro al señalar que los organismos de protección de los derechos humanos “no serán competentes tratándose de asuntos electorales y jurisdiccionales”.
Cabe señalar que en su recomendación, la CNDH no analiza un solo acto realizado por el Instituto Nacional Electoral. Más aún, dicha recomendación surge del análisis de hechos ocurridos entre 1951 y 1965, cuando en México no existían organismos electorales autónomos. A pesar de ello, la CNDH pretende pronunciarse sobre el desempeño del INE.
Además de la recomendación, en la queja del Instituto ante la Corte se mencionan los dos pronunciamientos posteriores realizados por la CNDH a instancias de su presidenta, donde se llega a afirmar que el INE ha saboteado la voluntad popular, lo cual es falso a todas luces. Esas posturas públicas de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos la colocan como un actor parcial en una estrategia de ataque político contra la autonomía de la autoridad electoral, desnaturalizando la misión constitucional de la figura de Ombudsperson.
El propósito del INE con esta queja es propiciar que la SCJN pueda reconducir el actuar de la CNDH para que ésta se apegue a su fin constitucional, respetando las atribuciones de otros órganos constitucionales autónomos, se dedique a velar por los derechos humanos de la población del país como le corresponde sin pretender arrogarse atribuciones que la Carta Magna expresamente le prohíbe.